SI VIVES EN MEXICO Y TIENES PLANEADO TRABAJAR EN ESTADOS UNIDOS TRAMITANDO
UNA VISA DE TRABAJO, ESTO TE INTERESA.
El trámite para obtener una visa de trabajo puede ser complicado y es
responsabilidad del Patrón en los Estados Unidos el realizar los trámites
necesarios para obtener la petición de trabajo, esto se hace ante el
Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Si te han ofrecido un empleo en los
EEUU, debes primero confirmar con tu futuro Patrón o con la empresa con la que
vayas a trabajar, de cuales son exactamente los trámites que ellos han hecho
para que tu puedas trabajar legalmente en los Estados Unidos. Es indispensable
que la petición que haga tu Patrón para que puedas trabajar en EEUU este
autorizada, de otra forma no vas a poder solicitar la entrevista en la Embajada
de Estados Unidos para solicitar cualquiera de las Visas de trabajo temporal
disponibles. Tu patrón te debe proporcionar el número de petición autorizado que
aparece en la Notificación de Aprobación (forma I-797) que el debió tramitar
para que tu lo puedas proporcionar en la entrevista cuando tengas la cita en la
Embajada de EEUU para solicitar tu Visa de Trabajo.
EL PATRÓN EN ESTADOS UNIDOS ES EL ÚNICO QUE PUEDE INICIAR EL TRAMITE PARA
QUE PUEDAS SOLICITAR UNA VISA DE TRABAJO, ESTO NO PUEDE SER TRAMITADO POR
TERCEROS, NO HAY COMPAÑÍAS QUE PUEDAN ARREGLAR VISAS DE TRABAJO COMO
INTERMEDIARIOS, ESTOS PERMISOS SOLO PUEDEN SER SOLICITADOS AL GOBIERNO DE
ESTADOS UNIDOS DE FORMA DIRECTA POR LA PERSONA QUE TE VA A CONTRATAR PARA
TRABAJAR ALLÁ, SOLAMENTE EL QUE TE VA A CONTRATAR ES QUIEN INICIA CON EL PROCESO
DE LA SOLICITUD PARA QUE A TI TE AUTORICEN A TRABAJAR EN LOS ESTADOS
UNIDOS
EN MÉXICO LAS VISAS DE TRABAJO PARA ESTADOS UNIDOS SE TRAMITAN DIRECTAMENTE
EN LA EMBAJADA DE ESTADOS UNIDOS EN MÉXICO, NADIE MAS ESTA FACULTADO PARA
OFRECER VISAS DE TRABAJO SI NO ES ALGUIEN DESIGNADO Y FACULTADO POR LA EMBAJADA
DE ESTADOS UNIDOS
Tipos de Visas temporales de trabajo de EEUU
Los tipos de Visa varían dependiendo del tipo de trabajo que se vaya a
realizar en Estados Unidos, se clasifican por letras: H, L, O, P, Q, R.
Estas Visas (H, L, O, P, Q y R) permiten al portador de las mismas trabajar
en los Estados Unidos. Como ya te lo comentamos, todos estos tipos de Visas de
Trabajo deben ser primero solicitadas por una petición del Patrón directamente
allá, en el Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados
Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services - USCIS), que pertenece al
Departamento de Seguridad Interna de la Unión Americana (U.S. Department of
Homeland Security -DHS), solo con esta petición directa del futuro Patrón en
EEUU se puede obtener el permiso de trabajo. Si la petición es aprobada, la
compañía que te va a contratar recibirá un formato denominado I – 797, solo con
este formato de autorización es que tu puedes solicitar la visa de trabajo de
EEUU aquí en México.
Tipos de Visa por tipo de trabajo
- Visa H: La visa H está creada para permitir trabajar temporalmente en los Estados Unidos. Para la mayoría de los solicitantes, este tipo de visa permite entradas múltiples en un período de un año. Las personas cuya nacionalidad sea diferente a la mexicana, pueden requerir pagar una cuota adicional, dependiendo de su país de origen.
- Visa L: Este tipo de visa es utilizado por personas que serán transferidas a los Estados Unidos por su compañía, para trabajar en alguna sucursal o subcompañía de la misma. Los solicitantes deben cubrir un puesto gerencial o ejecutivo, o tener un tipo de conocimiento especializado y haber estado contratado por la misma compañía o empresa, durante un determinado período consecutivo (por lo menos un año de los 3 previos a la solicitud de visa).
- Visas O/P : Este tipo de visas son para artistas, intérpretes o trabajadores de intercambio que poseen habilidades inusuales o extraordinarias y que planean presentarse, enseñar, entrenar o participar en algún programa cultural en los Estados Unidos. La empresa de trabajo del solicitante en México y la institución anfitriona o sede en la Unión Americana deben contactar al Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services - USCIS).
- Visa Q: Los participantes en un programa de intercambio cultural diseñado para proveer entrenamiento y empleo práctico, así como ofrecer conocimientos de la cultura nacional del solicitante, requieren una visa de clasificación Q. El entrenador/empleador debe ser previamente aprobado por el Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services - USCIS) y el intercambio cultural debe desarrollarse en una escuela, museo, negocio u otro establecimiento donde el público esté expuesto a los diversos aspectos de la cultura nacional del solicitante, como parte de un programa estructurado.
- Visa R: Ministros o trabajadores religiosos pueden calificar para la obtención de una visa de trabajo religioso (R) si, por los 2 años inmediatos previos a su solicitud, han sido miembros de una denominación religiosa que tiene una contraparte legal no lucrativa en los Estados Unidos. La asociación religiosa legal debe tener un estatus de excepción de impuestos como organización descrita en la sección 501(c)(3) del Código de Ingresos Internos de 1986. Aquellas personas que buscan entrar a los Estados Unidos bajo una visa R deben hacerlo con la convicción de desarrollar únicamente una vocación religiosa como ministro o para trabajar profesionalmente en una ocupación u organización denominada religiosa.
Documentación que te van a solicitar en la entrevista en la Embajada de
EEUU para solicitar la Visa de trabajo una vez que tengas la autorización
requerida:
- Pasaporte vigente
- La hoja de confirmación de la solicitud DS-160 impresa
- Recibo de pago original
- Original o fotocopia del Notice of Action Form I-797A, B o C (Que es propiamente La Petición de tu Patrón ya autorizada para que tu puedas trabajar en EEUU)
- Acta de matrimonio o nacimiento (original o copia certificada) si solicita como dependiente de un beneficiario principal.
Documentación opcional:
Esta documentación puede variar, todo depende de tu situación personal. Los
siguiente son documentos que te pueden servir al momento de la entrevista, para
que sea mas sencillo la aprobación del Oficial Consular que te vaya a
entrevistar, es solo una sugerencia de los documentos adicionales que pudieras
llevar, es importante que demuestres que tu intención es solo el de ir a
trabajar de forma temporal y que no tienes la intención de quedarte de forma
permanente en EEUU, esto es algo que toman muy en cuenta al momento de la
entrevista:
- Pasaportes que contengan visas Americanas anteriores, aún cuando hayan expirado
- Acta de nacimiento (original o copia certificada)
- Credencial para votar (IFE) si es mayor a 18 años
- Currículum Vitae, que incluya educación y experiencia laboral
- Pruebas de Educación (Diploma de Preparatoria o Licenciatura, Título y/o Cédula Profesional)
- Pruebas de Empleo (recibos de pago, credenciales de la compañía, carta del Departamento de Recursos Humanos)
- comprobante de domicilio
- Predial y/o escrituras de tu casa
RECUERDA, QUIEN INICIA EL PROCESO PARA TU VISA DE TRABAJO EN ESTADOS UNIDOS
ES LA EMPRESA O PATRÓN QUE TE VA A CONTRATAR ALLÁ, NADIE MAS LO PUEDE INICIAR,
NADIE MAS TE PUEDE OFRECER UNA VISA DE TRABAJO SI NO ES CON LOS REQUISITOS QUE
AQUÍ TE HEMOS COMPARTIDO.
SI NECESITAS TRAMITAR TU ACTA DE NACIMIENTO DE OTRO ESTADO DISTINTO A DONDE
VIVES O DE DONDE ESTAS TRAMITANDO TU VISA DE TRABAJO DE EEUU, CON NOSOTROS LO
PUEDES REALIZAR, TENEMOS SERVICIOS DE GESTORÍAS PARA ACTAS DE NACIMIENTO EN TODA
LA REPUBLICA MEXICANA Y TODO ESTADOS UNIDOS.
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Teléfono 1-210-340-0052
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