lunes, 24 de noviembre de 2014

Preguntas y respuestas sobre la acción ejecutiva del presidente Barack Obama

SI VIVES EN ESTADOS UNIDOS COMO ILEGAL, TIENES MAS DE CINCO AÑOS VIVIENDO EN EEUU Y ERES PADRE DE UN HIJO CIUDADANO ESTADOUNIDENSE, ESTO TE INTERESA.
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1.- ¿Qué es una acción ejecutiva?
Es una medida girada por el presidente en funciones como cabeza del poder ejecutivo, ya sea para aclarar funciones de las agencias que comprenden esa rama ejecutiva, para implementar cambios de política pública, y en ciertos casos como solución temporal para abordar asuntos que no han sido solucionados por el Congreso. El Congreso legisla, pero el presidente tiene cierta flexibilidad para decidir cómo implementar esas leyes. Como tal, las órdenes ejecutivas están sujetas a revisión judicial y pueden ser revocadas en tribunales. Igualmente, el Congreso puede bloquearlas al no aprobar fondos para su implementación.
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2- ¿Cuántos indocumentados se beneficiarán?
Unos cinco millones de indocumentados.
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3- ¿Cuándo podrán empezar a solicitar el permiso temporal?
Los funcionarios enfatizaron que el Departamento de Seguridad Nacional comenzará a recibir solicitudes el segundo trimestre de 2015. El costo por las solicitudes será de 465 dólares.
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4- ¿Quiénes se beneficiarán?
Podrán beneficiarse de la acción ejecutiva de Obama aquellos inmigrantes indocumentados que han vivido en Estados Unidos por más de cinco años y son padres de ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes. Al registrarse, se comprobarán sus antecedentes penales, deberán pagar impuestos y se les garantizará que durante tres años no serán deportados.
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5- ¿Qué ocurre con los menores que llegaron a Estados Unidos cuando eran niños y que se han educado y criado en este país?
La administración Obama ampliará los alcances del programa DACA con el fin de que las personas que fueron llevadas a Estados Unidos cuando eran niños puedan solicitar la protección si entraron al país antes del 1 de enero de 2010, independientemente de la edad que tengan actualmente.
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6- ¿Qué otros grupos se verán beneficiados?
Se reformará el sistema migratorio para que los estudiantes extranjeros que estudian ciencias, tecnologías, ingeniería y matemáticas (STEM, por sus siglas en inglés) puedan quedarse a trabajar más fácilmente en Estados Unidos, de modo, que se evite una fuga de cerebros a la inversa. También se dará facilidades a los empresarios extranjeros que quieran invertir en Estados Unidos.
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7- ¿Quién se queda fuera de las medidas?
Unos 6,4 millones de inmigrantes indocumentados. Los padres de los "soñadores" no podrán beneficiarse, como pedían los activistas, a no ser que lleven más de cinco años viviendo en Estados Unidos y tengan otro hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente.
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8- ¿Conseguirán residencia permanente los beneficiarios de la acción ejecutiva?
De momento, no. La acción ejecutiva solo frena temporalmente las deportaciones y concede un permiso de trabajo por el mismo tiempo que dura el amparo.
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9- ¿A qué grupos se dará prioridad en las deportaciones?
Obama pondrá como primeros de la lista de prioridad de deportación a cualquier sospechoso de terrorismo, criminales violentos o miembros de pandillas y a aquellos que hayan cruzado la frontera recientemente.
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10- ¿Qué pueden hacer los republicanos, que tienen a partir de enero mayoría en ambas Cámaras, para frenar a Obama?
Los republicanos pueden demandar al presidente para que anule la orden ejecutiva, aprobar su propia reforma migratoria para detener la acción ejecutiva o dejar sin presupuesto las medidas de Obama.
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Si bien aun no aceptan solicitudes, si puedes ir arreglando los documentos que necesitas para que puedas solicitar este beneficio, recuerda que con nosotros puedes tramitar tu Acta de nacimiento de México con el Apostilla para EEUU, entre los documentos que te pueden llegar a solicitar están:
  1. Identificación oficial Vigente.- Puedes tramitar tu Matricula Consular en el Consulado de México en EEUU si no cuentas con una identificación vigente
  2. Comprobante que acredite o confirme tu relación como padre o madre de tu hijo nacido en EEUU.- Esto lo haces con el Acta de Nacimiento de tu hijo, si tu hijo nació en otro Estado diferente al que ahora vives, dentro de Estados Unidos, y no tienes forma de solicitar el Acta de Nacimiento con nosotros la puedes tramitar, recuerda que tramitamos actas de todo EEUU
  3. Comprobantes que confirmen que has vivido continuamente en Estados Unidos por cinco años o mas de manera interrumpida, permanente.- Esto lo puedes hacer recopilando recibos de pagos de servicio a tu nombre, recibos de renta, documentos de la escuela en donde hayas firmado de recibido, recibos de pago del empleo, etc.
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Es importante que sepas que aun no se pueden ingresar solicitudes en el USCIS (U.S. Citizenship & Immigration Services),  son iniciativas aún no han sido implementadas y al momento, USCIS no está aceptando ninguna petición o solicitud.
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TEN MUCHO CUIDADO CON CUALQUIER PERSONA QUE TE OFREZCA AYUDA PARA PRESENTAR UNA SOLICITUD O UNA PETICIÓN SOBRE CUALQUIERA DE ESTAS ACCIONES ANTES DE QUE ESTÉN DISPONIBLES, YA QUE PUEDES SER VÍCTIMA DE UNA ESTAFA, EN SU MOMENTO SE HARÁ OFICIAL LA APERTURA PARA RECIBIR ESTAS SOLICITUDES.
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Para información mas detallada, la puedes consultar directamente en la pagina de USCIS:
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Estamos a tus ordenes en nuestras oficinas en Estados Unidos:
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425 S. St. Mary’s St.
San Antonio, Tx 78205
Tel. +1-210-340-0052
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